Aumento o Rebajo de la Pensión Alimentaria

Cambio de Circunstancias

Cuando se ha establecido la obligación alimentaria en una sentencia definitiva o por acuerdo de partes. La cuota alimentaria puede ser modificadas posteriormente. Bajo el presupuesto que las circunstancias cambiaron de quien está obligado a dar alimentos o quien los reciba. Ya sea disminuyendo o aumentando la cuota alimentaria según lo establecido en el artículo 174 del Código de Familia y 58 de la Ley de Pensiones Alimentarias.

proceso pensión

La sentencia se puede modificar

Lo anterior es posible, por el principio de Preclusión relativa y flexible, que consiste en la posibilidad de revisar y modificar lo resuelto. Siendo que el proceso alimentario no tienen la estabilidad  propia de la cosa juzgada material, aquellas sentencias que no pueden ser modificadas según el artículo 845 del Código Procesal Civil.

Necesidades vs Posibilidades

Estos procesos de aumento o rebajo de pensión alimentaria permiten la revisión. El cual, consiste en ponderar de nuevo las necesidades reales actuales de las personas beneficiarias y también las posibilidades económicas reales actuales de la persona obligada alimentaria como expresamente lo indica el articulo 164 del Código de Familia. Básicamente son los parámetros para la fijación de toda obligación alimentaria.

Les comparto el siguiente artículo https://catalinagonzalezcr.com/ninez/pension-alimentaria-de-los-ninos-as-en-tiempos-de-covid-19/

¿Incidentes?

pensio alimentariaEstos procesos en la mayoría de los casos se tramitan como incidentes de rebajo o aumento, siendo lo correcto tramitarlos como procesos porque así lo establece expresamente la norma.  Sin embargo. los juzgados los siguen tramitando como incidentes. En consecuencia, tienen un trámite particular, igual que cuando se presenta la demanda por primera vez, pero con un plazo de 5 días para contestar. Las partes deben aportar la prueba en la demanda o en la contestación de la misma.

Revisión periódica

Es importante tomar en cuenta que la naturaleza de la prestación sobre alimentos exige una fijación que se revise periódicamente. En virtud, que debe existir una proporcionalidad entre las necesidades de los alimentarios y las posibilidades económicas del alimentante. El objetivo es satisfacer las necesidades básicas de las personas beneficiarias.

Les comparto el siguiente artículo https://catalinagonzalezcr.com/procesos-de-familia/aspectos-importantes-sobre-la-obligacion-alimentaria/

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